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Vaticano abril 12, 2023

El Papa revisa la legislación penal y el sistema judicial del Vaticano

Con una nueva Carta Apostólica emitida motu proprio, el Papa Francisco modifica la legislación penal y el sistema judicial de la Ciudad del Vaticano para simplificar los procedimientos y hacer que el sistema sea más eficiente, incluyendo disposiciones para aclarar las funciones de la Oficina del Promotor de Justicia.

A la luz de las «necesidades que han surgido en los últimos años en el sector de la administración de justicia» en el Vaticano, el Papa Francisco ha establecido varios cambios en la legislación penal y el sistema judicial del Estado de la Ciudad del Vaticano, que entrará en vigor el 13 de abril de 2023.

En un nuevo Motu Proprio -latín para «por su propia iniciativa»- publicado el miércoles, el Papa se refiere a los cambios como «más ajustes» necesarios para abordar los crecientes problemas que han surgido en los últimos años, con la subsiguiente «carga de trabajo cada vez mayor» para del Poder Judicial, que exigen, por tanto, “una pronta y justa” respuesta en el ámbito procesal.

Se refería implícitamente a los procedimientos judiciales que se están llevando a cabo actualmente en la Ciudad del Vaticano, y en particular al “juicio del Vaticano” sobre la supuesta mala gestión de los fondos de la Santa Sede, que comenzó en 2021 y aún está en curso.

Simplificación de trámites
Los cambios tienen como objetivo simplificar los procedimientos y mejorar la eficiencia del poder judicial del Vaticano.

Incluyen, entre otros, una definición más clara de los poderes de investigación y persecución de la Oficina del Promotor de Justicia (el fiscal del Vaticano, ed.). También contemplan la posibilidad de añadir un suplente al Colegio de tres magistrados en caso de que uno de sus miembros tenga que cesar; la posibilidad de que el Papa designe un presidente adicional del Tribunal Vaticano en caso de que el que esté en el cargo se encuentre en el último año de su mandato, y la derogación del requisito de la presencia de al menos un juez de tiempo completo en el Panel Judicial.

Esta última disposición había sido introducida por la Ley N° 351 de reforma del sistema judicial del Vaticano que el Papa promulgó el 16 de marzo de 2020.

Funciones del Promotor de Justicia
El primer párrafo de esa Ley se sustituye ahora por el siguiente texto: “El Poder Judicial en el Estado de la Ciudad del Vaticano se ejerce, en nombre del Sumo Pontífice, para las funciones de juzgar por el Tribunal, por el Tribunal de Apelación y por el Corte de Casación; para funciones de investigación y acusación, por la Procuraduría de Justicia”.

Otra disposición introducida por el Motu Proprio de hoy estipula que «los Magistrados son nombrados por el Sumo Pontífice y en el ejercicio de sus funciones están sujetos únicamente a la ley». Ellos “ejercen sus poderes con imparcialidad, sobre la base y dentro de los límites de las competencias establecidas por la ley”, continúa el texto.

Además, en cuanto al Promotor de Justicia, la Carta Apostólica establece que puede presentar una «solicitud de sobreseimiento» a la Corte cuando considere que «se cumplen las condiciones para la concesión de un indulto judicial», o que el delito «puede ser considerado de entidad menor por la conducta, la personalidad del demandado, el daño causado a la persona ofendida o el peligro causado”, o en razón de cualquier acto de reparación que haya realizado el demandado.

Abolición de la regla de tiempo completo para los jueces
El nuevo Motu Proprio del Papa también deroga el apartado 2 del artículo 6 de la Ley 351/2020, que exigía un mandato a tiempo completo para al menos uno de los magistrados ordinarios de la Corte que, por tanto, no podía tener otro empleo o ejercer por cuenta propia actividades “de carácter continuo”. A partir de ahora, todos los miembros del Tribunal podrán asumir otros cargos.

suplentes
Otro cambio se refiere al Párrafo 3 del Artículo 6 antes mencionado que estipula que el Tribunal es un «panel de tres magistrados, designados por el Presidente del Tribunal, teniendo en cuenta sus habilidades profesionales y la naturaleza del procedimiento».

El Motu Proprio publicado este miércoles establece que al designar a los magistrados el Presidente del Tribunal también deberá tener en cuenta la fecha de expiración de su mandato a la luz de “la previsible duración del juicio”.

“En cumplimiento del principio de inmutabilidad del juez y para asegurar la duración razonable del juicio, el presidente puede nombrar un miembro suplente, que participa en los trabajos del colegio y puede juzgar en los casos de impedimento o cesación de las funciones de un magistrado».

Cese del cargo de presidente

Finalmente, el Motu Propio introduce modificaciones al artículo 10 relativo a la terminación del cargo de Presidente del Tribunal Vaticano.

La Ley de 2020 preveía que al finalizar el año judicial en que cumplen 75 años, los magistrados ordinarios están obligados a renunciar, surtiendo efecto su renuncia después de la «aceptación del Sumo Pontífice», quien «podrá en todo caso ordenar la permanencia en cargo de los magistrados ordinarios más allá del límite a que se refiere el párrafo anterior”.

El Motu Proprio añade un nuevo párrafo que establece que el Papa “durante el Año Judicial en que el Presidente deba dimitir, puede nombrar un Vicepresidente, que asiste al Presidente en el ejercicio de sus funciones” y realiza “funciones vicarias”, presidir «los paneles en juicios de duración previsible superior a un año» y «asumir el cargo en el momento de cesar en el cargo el Presidente».

Fuente: Vatican News

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