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Mensajes marzo 23, 2020

El Papa concede la indulgencia plenaria en la oración del 27 de marzo

La Oficina de Prensa Vaticana recuerda en una nota la posibilidad de obtener la indulgencia plenaria a quienes se unan a Francisco en la oración del próximo viernes, como establecido en la reciente disposición de la Penitenciaría Apostólica
Ciudad del Vaticano

Poco después del término del Ángelus, la Oficina de Prensa de la Santa Sede emitió un comunicado para reiterar algunas particularidades del evento del 27 de marzo, para el cual Francisco, “en este tiempo de emergencia para la humanidad” invita a “los católicos de todo el mundo a unirse espiritualmente en oración con él”.

El comunicado precisa que “la oración del Santo Padre podrá ser seguida en directo a través de los medios y se concluirá con la Bendición eucarística que será impartida ‘Urbi et Orbi’ a través de los medios de comunicación”.

“A todos aquellos que se unirán espiritualmente a este momento de oración a través de los medios de comunicación será concedida la indulgencia plenaria según las condiciones previstas por el reciente decreto de la Penitenciaría Apostólica”.

Indulgencia plenaria y posibles absoluciones colectivas por coronavirus.

La Penitenciaría Apostólica concede el “don de indulgencias especiales” a los fieles afectados por la enfermedad del Covid-19, a los trabajadores de la salud, a los familiares y a todos aquellos que, incluso con la oración, cuidan de ellos. También recuerda a los fieles la posibilidad de la absolución colectiva en este momento de emergencia sanitaria.

Ante la emergencia del Covid-19, la Iglesia ofrece la posibilidad de obtener la indulgencia plenaria a los fieles que sufren de coronavirus, así como a los trabajadores de la salud, a los familiares y a todos aquellos que, en cualquier calidad, incluso a través de la oración, se ocupan de ellos. Esto se establece un Decreto de la Penitenciaría Apostólica publicado el pasado viernes, 20 de marzo y firmado por el Cardenal Mayor Penitenciario Mauro Piacenza y el Regente, Monseñor Krzysztof Nykiel.

En este sentido, la Penitenciaría Apostólica precisa que, para obtener la indulgencia plenaria, los enfermos con coronavirus, los que están en cuarentena, así como los trabajadores de la salud y los familiares que se exponen al riesgo de contagio por ayudar a los afectados por el Covid-19, podrán simplemente recitar el Credo, el Padre Nuestro y una oración a María.

Igualmente, para obtener las indulgencias, otras personas podrán elegir entre varias opciones: visitar el Santísimo Sacramento o la adoración Eucarística o leer las Sagradas Escrituras durante al menos media hora, o recitar el Rosario, el Vía Crucis o la Coronilla de la Divina Misericordia, pedir a Dios el fin de la epidemia, el alivio de los enfermos y la salvación eterna para aquellos a los que el Señor ha llamado a sí.

La indulgencia plenaria puede ser obtenida también por los fieles que a punto de morir no pueden recibir el sacramento de la unción de los enfermos y el viático: en este caso se recomienda el uso del crucifijo o de la cruz.

La posibilidad de la absolución colectiva

Además, la Penitenciaría Apostólica – afirma una Nota que acompaña al Decreto – por «la gravedad de las circunstancias actuales», y «especialmente en los lugares más afectados por el contagio de la pandemia y hasta que no termine este fenómeno», recuerda la posibilidad de impartir la «absolución colectiva», es decir, a varios fieles juntos, «sin previa confesión individual».

En cuanto a la absolución colectiva – explica la Penitenciaría – «el sacerdote está obligado a avisar al Obispo diocesano, en la medida de lo posible, o, si no puede, a informarle lo antes posible». En efecto, corresponde siempre al Obispo diocesano – subraya la nota – «determinar, en el territorio de su propia circunscripción eclesiástica y en relación con el nivel de contagio pandémico, los casos de grave necesidad en los que es lícito impartir la absolución colectiva: por ejemplo, a la entrada de las salas de hospitalización, donde se hospeda a los fieles infectados y en peligro de muerte, utilizando en la medida de lo posible y con las debidas precauciones los medios de amplificación de la voz, para que se oiga la absolución».

La Penitenciaría también pide que se evalúe «la necesidad y conveniencia de crear, cuando sea necesario, de acuerdo con las autoridades sanitarias, grupos de ‘capellanes extraordinarios de hospitales’, también con carácter voluntario y en cumplimiento de las normas de protección contra el contagio, para garantizar la necesaria asistencia espiritual a los enfermos y moribundos».

Además, donde «los fieles individuales se encuentran en la dolorosa imposibilidad de recibir la absolución sacramental, debe recordarse que la contrición perfecta, procedente del amor de Dios amado sobre todas las cosas, expresada por una sincera petición de perdón (la que actualmente puede expresar el penitente) y acompañada de votum confessionis, es decir, por el firme propósito de recurrir cuanto antes a la confesión sacramental, obtiene el perdón de los pecados, incluso mortales», como se indica en el Catecismo de la Iglesia Católica (n. 1452).

«El momento actual en el que la humanidad entera, amenazada por una enfermedad invisible e insidiosa, que desde hace algún tiempo forma parte de la vida de todos – señala la Penitenciaria – está marcado día tras día por angustiosos temores, nuevas incertidumbres y, sobre todo, por un sufrimiento físico y moral generalizado. Y concluye: «Nunca como en este tiempo la Iglesia ha experimentado el poder de la comunión de los santos, elevando a su Señor Crucificado y Resucitado votos y oraciones, en particular el Sacrificio de la Santa Misa, celebrada diariamente, incluso sin gente, por los sacerdotes» y como «buena madre, la Iglesia implora al Señor que la humanidad sea liberada de tal flagelo, invocando la intercesión de la Santísima Virgen María, Madre de Misericordia y Salud de los enfermos, y de su Esposo San José, bajo cuyo patrocinio la Iglesia siempre ha caminado por el mundo».

fuente: vaticannews.va

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